Niegan registro de marca a Nestlé en Europa

niegan registro de marca a NestléAlgo tan común como lo son las barras de chocolate, las vemos a diario, en tiendas, en televisión, incluso en espectaculares, y sin embargo, es fácil pasar por alto la estrecha relación entre un producto, en este caso el chocolate, y los derechos de Propiedad  Industrial.

Sin duda, para las grandes empresas las marcas son un activo de alto valor, es por ellos que buscan registrar y proteger todo lo relacionado con sus productos y/o servicios, en este intento de protegerlo “absolutamente todo” Nestlé intentó el registro de la presentación de uno de sus conocidos productos, los chocolates Kit-Kat, sin embargo, sufrieron un importante revés gracias a la oposición al registro por parte de uno de sus competidores en Inglaterra.

Nestlé vs Cadbury UK

El asunto es bastante simple de exponer, y sin embargo tiene interesantes puntos para el análisis. Nestlé procedió a buscar el registro de la presentación- consistente en 4 barras de chocolate en un mismo empaque- de uno de sus chocolates como marca tridimensional, los alcances que hubiera si el registro hubiera sido otorgado sería tener el monopolio de la presentación de 4 barras en un paquete, presentación conocida como “four-finger KitKat bar“, con lo anterior Nestlé tendría la oportunidad de accionar legalmente contra todos aquellos productores de chocolate que pretendieran vender sus productos en una presentación de 4 barras.

Cadbury por su parte presentó su objeción al otorgamiento de dicha marca, argumentando que sería un monopolio excesivo en favor de Nestlé brindar tal protección. En primera instancia el registro fue otorgado en favor de Nestlé, sin embargo la decisión sería impugnada y llevada a la Corte de Justicia de la Unión Europea (CJEU por sus siglas en inglés) y sometida a su consideración abriéndose así el expediente  “Case C-215/14 Societe des Produits Nestlé SA v Cadbury UK Ltd ” mismo que finalmente fue resuelto a favor de Cadbury Uk, rechazándose el registro de las barras de chocolate como marca comercial.

De este caso surgen puntos interesantes puntos para el análisis

¿Qué fundamentos legales había en favor del otorgamiento de la barra “four-finger”?

En principio, es importante señalar que entre los elementos que son susceptibles de ser registrados como marcas, a nivel mundial es ampliamente aceptado, el registro de diseños en tres dimensiones siempre que estas doten de carácter distintivo al producto que se pretende amparar, ejemplo de lo anterior lo encontramos principalmente en el registro que la industria de los refrescos hace de sus diversas presentaciones de botellas.

En ese sentido, el argumento principal de Nestlé fue que los consumidores identificaban plenamente la presentación “four-finger” como exclusivo de los chocolates Kit- Kat, presentando entre sus pruebas estudios de mercado que indicaban que hasta el 90% de la gente encuestada relacionaba dicha presentación con los chocolates propiedad de Nestlé.

Ahora bien, si la presentación de 4 barras era identificada por un amplio sector de la población como un identificador de los chocolates Kit-Kat;

¿Qué llevo a la negativa del registro?

1.- Falta de distintividad en la forma de las barras

La definición legal de marca aceptada a nivel internacional es la siguiente: Se entiende por marca a todo signo visible que distinga productos o servicios de otros de su misma especie o clase en el mercado.

De lo anterior tenemos dos supuestos que deben ser satisfechos a efecto de que una marca pueda ser registrada:

  • Tener un signo visible.
  • Que dicho signo por sí mismo sea capaz de distinguir productos o servicios de otros de su misma clase o especie en el mercado.

El razonamiento de la Corte fue en el sentido de que a pesar de que una gran parte de los encuestados por Nestlé dijo haber identificado las barras como un elemento del chocolate Kit-Kat, ello no resultaba en que las barras en sí mismas pudieran distinguir el chocolate producido por Nestlé, máxime si a dichas barras se les quitaba por ejemplo el logotipo o empaque que acompaña a la marca Kit-Kat.

2.- Prohibición de registro de la forma de las barras

La barra Kit-Kat se compone de 3 elementos, a saber:

  1. La forma de la barra rectangular.
  2. Las ranuras que dividen ligeramente una barra de otra, y;
  3. El número de dichas ranuras.

Son prohibiciones al registro de marcas tridimensionales el intento de registro de la forma usual y corriente de los productos o la impuesta por su naturaleza o función industrial;

A lo anterior, la Corte concluyó:

La mayoría de los chocolates son presentados comúnmente en forma de una barra rectangular, además las ranuras que crean la pequeña división son características “técnicas” propias de la presentación en 4 barras, ya que las mismas permiten que dichas barras sean separadas una de otra fácilmente, por lo que dicha presentación incurre en la prohibición establecida por tratarse de la presentación común del producto y las necesidades técnicas propias de dicha presentación.

Esta resolución tendrá consecuencias de importancia, ahora cualquier empresa podría utilizar la presentación de 4 barras para sus propias marcas de chocolate, sin que ello pueda ser considerado una violación a los derechos de Nestlé.

Sin embargo, la consecuencia más importante es que con esta decisión se sienta un precedente importante, pues quienes pretendan registrar marcas en tres dimensiones para proteger sus productos deberán prestar mucha atención para no incurrir en las prohibiciones establecidas por la Ley, y en caso de controversia podrían tener problemas para probar que sus empaques por si mismos son capaces de identificar sus productos.

A pesar de esta decisión, existen ejemplos de empaques y presentaciones favorablemente otorgadas, uno de sos es el del chocolate Toblerone y su presentación en forma triangular.

 

 

 

 

 

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