¿Qué es la Gaceta de la Propiedad Industrial?

¿Qué es la Gaceta de la Propiedad Industrial?

¿Por qué es importante conocerla?

Anteriormente los requerimientos y resoluciones dentro de los trámites de registro eran notificados al interesado mediante Correos Certificado (MEXPOST), sin embargo, el día 10 de agosto de 2018, entró en vigor una importante reforma a Ley de la Propiedad Industrial, que, entre otras cosas, estableció nuevas reglas en relación con la notificación de actos emitidos por el IMPI.

Si bien, dentro del formato de solicitud de registro se le requiere para que se indiqué domicilio en México para recibir notificaciones, es importante que sepa que el IMPI ya no realizará notificaciones mediante correo certificado, asimismo, los datos relativos a teléfono y correo electrónico únicamente se utilizan con fines estadísticos, sin embargo, el IMPI no realiza bajo ninguna circunstancia comunicaciones por estos medios.

Por lo anterior, el instrumento legalmente previsto para notificar a los solicitantes de marcas algún requerimiento o en su caso la negativa u otorgamiento de su registro es mediante la “Gaceta de la Propiedad Industrial”.

En este enlace podrá revisar la Gaceta directamente

En ese sentido, de emitirse cualquier tipo de resolución o acto dentro de su expediente de marca usted no será avisado personalmente por el Instituto sobre esta situación, ya que es responsabilidad de cada solicitante revisar periódicamente la Gaceta o en su caso ingresar a su expediente de marca mediante la Base de Datos del IMPI a fin de enterarse de cualquier oficio emitido.

Sin importar si usted conoce la Gaceta o se entera de que en la misma se ha emitido algo, los plazos que la Ley prevé a fin de dar respuesta y no perder el trámite comenzarán a correr generalmente al día siguiente en que la Gaceta se pública, por lo que, si usted no revisa regularmente su expediente o la gaceta, podría omitir alguna comunicación importante relacionada con su marca y por tanto que su solicitud quede sin efecto.

Los plazos otorgados por el IMPI son generalmente de 2 meses en plazo ordinario y hasta 4 meses de forma extraordinaria, concluido este plazo la solicitud se considerará irreversiblemente abandonada.

Aquí podrá encontrar un video explicando como revisar su expediente en la Base de Datos del IMPI.

Saludos,

Héctor Díaz

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